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Después de los sacramentos de iniciación, siguen los de curación que son la Penitencia y la Unción de los Enfermos. En estos dos sacramentos, Jesucristo se presenta como médico de nuestras almas y de nuestros cuerpos.
Nombres de este Sacramento
Se le llama de diferentes formas, cada nombre tiene su significado. Se le denomina sacramento de conversión porque realiza sacramentalmente la llamada de Jesús a la conversión, la vuelta al Padre del que el hombre se había alejado por el pecado.
Se le denomina sacramento de la penitencia porque consagra un proceso personal y eclesial de conversión, de arrepentimiento y de reparación por parte del cristiano pecador.
Es llamado sacramento de la confesión porque la declaración o manifestación, la confesión de los pecados ante el sacerdote, es un elemento esencial de este sacramento. En un sentido profundo este sacramento es también una «confesión» reconocimiento y alabanza de la santidad de Dios y de su misericordia para con el hombre pecador.
Se le llama sacramento del perdón porque, por la absolución sacramental del sacerdote, Dios concede al penitente «el perdón y la paz».
Se le denomina sacramento de Reconciliación porque otorga al pecador el amor de Dios que reconcilia: «Dejaos reconciliar con Dios» (2 Co 5, 20). El que vive del amor misericordioso de Dios está pronto a responder a la llamada del Señor «Ve primero a reconciliarte con tu hermano» (Mt 5, 24) (Cat. IC 1423 y 1424).
Un poco de Historia
Como todos los sacramentos, la Penitencia fue instituida por Jesucristo, cuando dio poderes a los apóstoles de perdonar los pecados:
«Reciban el Espíritu Santo, a quienes ustedes perdonen, queden perdonados, y a quienes no libren de sus pecados queden atados» (Jn 20, 23). Otro texto muy importante que hay que tener presente es el siguiente:
«Yo les digo: todo lo que aten en la tierra, el cielo lo considerará atado, y todo lo que desaten en la tierra, será tenido en el cielo como desatado» (Mt 18, 18). El fundamento bíblico de este sacramento está en el poder que Cristo otorgó a todos los apóstoles y de manera especial a Pedro (Mt 16, 19).
Este principio fue admitido y aplicado desde los tiempos apostólicos, pero las modalidades en su aplicación han variado mucho en el curso de los siglos. En la primitiva Iglesia, fue casi universal la tendencia, apegada sobre una estricta interpretación de Hb 10, 26:
«Si pecamos voluntariamente después de haber conocido la verdad, ya no podremos esperar un sacrificio por los pecados.»
Hay otros textos que nos manifiestan cómo la Iglesia ha apartado de la comunidad (excomunión) a los que cometían graves pecados:
«Hermanos, les ordenamos, en nombre de Cristo Jesús el Señor, que se aparten de todo hermano que viva sin hacer nada, a pesar de las tradiciones que les transmitimos... Si alguien no obedece lo que les mando en esta carta, señálenlo y no convivan más con él, para que se avergüence»(2 Ts 3, 6. 14).
Notamos en este texto: autoridad, castigo y deseo de que el pecador se convierta. Otra expulsión de la comunidad la encontramos en la primera carta a los Corintios: «No tengan trato con los que viven en la inmoralidad sexual. Por supuesto que no hablaba de los que no son de la Iglesia y que son inmorales, ávaros, ladrones o que adoran a los ídolos. De otra manera, ustedes tendrían que salir de este mundo. Solamente les escribía que ya no tuvieran más trato con quienes, llamándose hermanos, llegan a ser inmorales, ávaros o esclavos de los ídolos, chismosos, borrachos o ladrones. En este caso, ni siquiera coman con ellos»(1Co 5, 9-11)
Si por una parte san Pablo castigaba con la expulsión de la comunidad a los cristianos que se portaban mal, por otra exhortaba a la comunidad a que usara el perdón para que a los que fallaron «no los hunda la excesiva pena»:
«Aquel que me ha causado tristeza, no me la causó a mi sólo, sino en cierta manera -no quisiera exagerar- a todos. A ése le basta el castigo que la mayoría de la comunidad decidió imponerle; por eso ahora es mejor que lo perdonen y lo conforten, no sea que lo hunda la excesiva pena. Por esto les ruego reafirmen su amor para con él» (2 Co 2, 5-8).
Para esta reconciliación, parece indicar Pablo la imposición de manos: Timoteo no debe concederla a la ligera, es decir a un pecador que no se ha convertido de veras, pues se haría, en tal caso, reo de pecados ajenos (1 Tm 5, 22). En estos textos empezamos a encontrar una preocupación en la Iglesia por los pecados cometidos después del Bautismo y una disciplina a seguir. ¿Cómo fue ejerciendo la Iglesia el poder que le había dado Cristo de «atar y desatar»?
Leamos una página de la prestigiosa obra «Historia de la Iglesia» de Daniel Rops: «En el siglo II parecen haberse opuesto en la Iglesia dos corrientes sobre este punto. Pretendía, una, que las faltas graves de los bautizados, y especialmente los tres crímenes de idolatría, de adulterio y de homicidio no podían ser absueltos los culpables, aunque los lamentasen y los abjurasen, no tenían ninguna esperanza de reconciliarse con Dios y con la Iglesia. Pero esta corriente rigorista, a la cual se adhirieron, más o menos, grandes talentos, como Tertuliano, Orígenes e Hipólito, no prevaleció; y los Papas -en especial, sin duda San Calixto- actuaron con menos rigor, más fieles a la verdadera enseñanza de Cristo, que perdonó a la mujer adúltera y prometió el cielo a un bandido arrepentido. La Iglesia admitió así el principio de la penitencia.
Su idea se formuló ya muy explícitamente en el Pastor de Hermas, hacia el año 150. A fines del siglo II, todo cristiano convicto de una falta grave estaba obligado a duros ejercicios y actos humillantes, hasta el día en que el obispo, por la imposición de manos, volvía a introducirlo en el número de los fieles. Había, pues, expiación pública de las faltas y perdón solemne, con espíritu de fraternidad y de misericordia; había, en el sentido pleno del término, penitencia. Y al permitir, así, al hombre liberarse de sí mismo, al darle también la oportunidad de recobrar fuerzas para el combate de la vida, el cristianismo instituyó un medio de renovación moral de capital importancia que ninguna filosofía, ninguna religión había tenido hasta entonces» (Vol. II, Pág 154-155).
Como se ve, en los primeros siglos solamente se confesaban públicamente tres delitos cometidos: la apostasía (idolatría), el homicidio y el adulterio. Los otros pecados se perdonaban por la mutua reconciliación, por la oración, la penitencia privada, las buenas obras, etc.
La absolución, a los que habían cumplido la penitencia pública, se impartía el Jueves Santo. Esta absolución se podía recibir una sola vez en la vida. Pero poco a poco, este rigorismo fue cediendo paso a un sentido de mayor comprensión, al mismo tiempo que se iban sometiendo a la necesidad del sacramento otros pecados.
Cuanto más se daba mayor oportunidad a volver a recibir el sacramento de la Penitencia, tanto más se iba exigiendo la confesión de todos los pecados graves. Esto hizo que la penitencia pública tendiera a hacerse secreta.
Esta evolución del uso del Sacramento de la Penitencia llegó a ser como hoy la practicamos, principalmente por influencia del monacato irlandés en el siglo VII. El Concilio de Letrán, en 1215 estableció que todos los fieles se confesaran por lo menos una vez al año con su propio sacerdote, para recibir su absolución, si habían pecado gravemente.
Juntamente con este desarrollo crecía la necesidad de guardar el secreto sobre las confesiones recibidas.
El Concilio de Trento (1551), repitiendo y precisando las obligaciones enunciadas en el Concilio de Letrán, señaló especialmente la sacramentalidad de la penitencia y la eficacia de la absolución sacramental para reconciliarnos con Dios.
ENCUENTRO CON LA MISERICORDIA
Recibir el sacramento de la Penitencia es encontrarse con la misericordia de Dios, de la cual todos tenemos grande necesidad.
Si algunas personas tienen miedo de recibir este sacramento es por dos motivos: a) por no saber que se trata del amor y no del «castigo» de Dios. b) o porque, sabiéndolo, no quieren llenarse de la misericordia divina, por exigir ésta la renovación del hombre. Toda la Sagrada Escritura da un testimonio claro y fuerte de este amor misericordioso de Dios para con nosotros los pecadores. Recordemos solamente algunos textos:
«Luego pasó delante de Moisés, y dijo con voz fuerte: "Yahvé, Yahvé, es un Dios misericordioso y clemente, tardo a la cólera y rico en amor verdadero, que mantiene su amor por mil generaciones que perdona la falta, la rebeldía y el pecado"» (Ex 34, 6-7).
Nos encontramos ante una definición de Dios que conviene meditar. Nuestras continuas infidelidades al Amor de Dios, podrían desanimarnos y hacernos sentir enfermos crónicos, sin esperanza. Pero Dios es misericordioso y «perdona la falta, la rebeldía y el pecado», por eso nos animamos a volver a su amor. La misericordia del Señor nos anima a dos cosas: a no desconfiar nunca de su amor y a no hacer las paces con nuestros defectos, porque no se ajustan al Amor de Dios.
«El Señor es compasivo y favorable, es lento para enojarse y generoso en perdonar. No siempre está irritado, ni el enojo le dura eternamente. No nos trata según nuestros pecados, ni nos da lo merecido por nuestras culpas» (Sal 103, 8-10).
«Pero tú, Señor Dios mío, eres bueno y compasivo, lento para enojarte pero rico en bondad. Mírame y apiádate de mí, dale fuerza a tu siervo y salva al hijo de tu sierva» (Sal 86, 15-16).
Aunque el lenguaje revela toda una mentalidad del Antiguo Testamento, la afirmación de que Dios es misericordioso es una verdad que llena de esperanza a todo mortal, que sin excepción, cae en el pecado.
¿Que sería de nosotros si no encontráramos a un Dios lleno de misericordia? Esta proclamación, que nos hace la Palabra de Dios, nos llena de optimismo y nos quita el miedo de encontrarnos con Él. Su compasión y generosidad para con nosotros nos anima a postrarnos ante el Señor para confesarle nuestras miserias y pedirle su ayuda y así no volver a traicionar su Amor.
El Señor Jesús es la encarnación de la misericordia de Dios. Él «no vino a llamar a los justos sino a los pecadores» (Lc 5, 32). Son los pecadores a quienes vino a buscar. Como un pastor deja las noventa y nueve ovejas al seguro y va preocupado a buscar la oveja descarriada, así hace Él con el pecador. Pero el buen Pastor no sólo va a buscar la oveja descarriada, sino que al encontrarla hace fiesta:
«Yo les declaro que de igual modo habrá más alegría en el cielo por un solo pecador que vuelve a Dios que por noventa y nueve justos que no tienen necesidad de convertirse» (Lc 15, 7).
En ciertas ocasiones, mientras algunos se acercaban a Cristo para pedir curaciones o para acusar a quien había actuado mal, Él manifiesta su amor perdonando los pecados:
«Allí le llevaron a un paralítico, tendido en una camilla. Al ver Jesús la fe de ellos, dijo al paralítico: «hijo, ten confianza. Tus pecados te quedan perdonados». Entonces algunos de los maestros de la ley pensaron: «Al hablar así ofende a Dios».
Jesús, que veía sus pensamientos, dijo: «¿Por qué piensan mal? ¿Qué es más fácil decir: Te perdono tus pecados, o levántate y anda? Sepan entonces que el Hijo del Hombre tiene poder sobre la Tierra para perdonar los pecados a los hombres» y dijo al paralítico:
«Levántate, toma tu camilla y vete a tu casa». Y el paralítico se levantó y se fue a casa. La gente, asustada al ver esto, bendijo a Dios por haber dado tanto poder a los hombres» (Mt 9, 2-8).
«Por esto te digo que sus pecados, sus numerosos pecados, le quedan perdonados, por el mucho amor que demostró. Pero aquel a quien se le perdona poco, demuestra poco amor. Después dijo a la mujer: «Te quedan perdonados tus pecados». Los que estaban con Él a la mesa se pusieron a decir en su interior: «¿Quién es este hombre que ahora pretende perdonar los pecados?» Pero, de nuevo, Jesús habló a la mujer: «Tu fe te ha salvado vete en paz» (Lc 7, 47-50). En los dos casos vemos a Cristo que explícitamente perdona los pecados. En ambos casos los hombres, que no conocen el Amor de Dios para con los pecadores, se maravillan.
Jesús continúa perdonando a los pecadores que buscan el Amor de Dios mediante su Iglesia, por eso dio a los apóstoles su poder:
«La paz esté con ustedes. Así como el Padre me envió a mí, así yo los envío a ustedes. Dicho esto, sopló sobre ellos: reciban el Espíritu Santo, a quienes ustedes perdonen, queden perdonados, y a quienes no libren de sus pecados queden atados» (Jn 20, 21-23).
Este poder es el que los sacerdotes ejercen en el sacramento de la Penitencia.
CÓMO CONFESARSE
El catecismo de Primera Comunión enseña que para hacer una buena confesión se necesitan seis cosas: 1. examen de conciencia, 2. dolor por haber pecado, 3. propósito de no volver a pecar, 4. confesión, 5. absolución y 6. cumplimiento de la penitencia.
Estos seis requisitos son muy importantes: de faltar alguno, el sacramento no se realiza, es decir, es nulo.
1. Ante todo es importante prepararse, examinándose para poder decir al confesor los pecados que uno quiere que Dios le perdone. Es buena costumbre empezar la confesión diciendo al sacerdote: «Padre, vengo a confesarme para pedirle a Dios que me perdone los siguientes pecados...»
2. Uno de los elementos más importantes del sacramento de la Penitencia es el sentir dolor, disgusto por haber profanado el amor de Dios en nuestra vida. Sin un sincero arrepentimiento, no se da el sacramento, y por lo tanto no se recibe el perdón.
3. Se entiende por propósito de enmienda la voluntad deliberada y seria de no volver a pecar. Uno que está arrepentido, lógicamente no quiere volver a lo mismo. Muchos no se confiesan porque no quieren dejar los vicios o las ocasiones próximas de pecado.
4. La confesión de los pecados debe ser humilde y sincera. Es necesario que se digan todos los pecados graves que uno recuerda, no hay que esperar a que el sacerdote pregunte, pues la confesión no debe ser un interrogatorio, sino una declaración espontánea de las propias miserias para que sean perdonadas. Los pecados leves pueden ser confesados, pero no es necesario como sucede con los pecados graves. Las personas que no pueden decir los pecados por algún impedimento -por enfermedad grave o porque se trata de un sordomudo-, pueden confesarse manifestando de alguna manera que se es pecador y se está arrepentido. Si uno no sabe exactamente si el pecado es grave o no, debe confesarlo manifestando su duda al respecto. Para que un pecado sea grave hacen falta tres condiciones: a) Que haya materia grave (que no se trate de una cosa de poco valor, por ejemplo robar unos cuantos centavos); b) Que haya plena advertencia, es decir, que se conozca la gravedad de la acción, que se sepa, por ejemplo, que es sumamente peligroso fumar en una gasolinera; c) Que uno lo haga libremente, sin ser obligado. Si falta una de estas tres condiciones, no hay pecado grave. Entre los pecados más graves se cuentan: el renegar de la fe, el homicidio, el aborto, maltratar a los pobres, no dar el justo salario a los obreros, cometer adulterio, incitar a los otros a pecar, omitir hacer algo importante, levantar falsos perjudicando gravemente, vender y comprar drogas, colaborar a tener una sociedad empapada de pecado, etc.
5. La «absolución» es el perdón otorgado por Dios por medio del sacerdote, que imponiendo las manos dice: «Dios todopoderoso, que reconcilió al mundo consigo mediante la muerte y resurrección de Jesucristo y derramó el Espíritu Santo para la remisión de los pecados, te conceda, por el ministerio de la Iglesia, el perdón y la paz. Y yo te absuelvo de tus pecados en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo. Amén.» En el caso en que el penitente autorice revelar algo que confesó al sacerdote, éste le pedirá que se lo diga luego fuera de la confesión. Si una persona no acude al sacramento con la intención de reconciliarse con Dios, sino de «callar la boca» al sacerdote, éste no está obligado al secreto, porque no se trata de confesión sino de «trampa».
6. Después de escuchar la confesión, el sacerdote impone una penitencia. Esta no es para «pagar» la deuda que por nuestros pecados, porque sería imposible. De hecho, midiendo la gravedad del pecado con la persona ofendida, nos damos cuenta que nuestras ofensas tienen una malicia infinita, porque Dios es infinito. Ningún mortal puede reparar el daño hecho con sus pecados, como ningún militar o político será capaz de reparar los daños causados por una bomba atómica que hizo explotar. Solamente Cristo pudo reparar nuestras ofensas con su muerte. La penitencia que se nos impone es para hacernos participar en el acto expiatorio de Cristo. No es un arreglar las cuentas con Dios, sino un hacernos presentes, un unirnos a Aquél que paga por nosotros. Por lo tanto, cumplir con la penitencia que el sacerdote nos impone es de gran importancia, porque así reconocemos nuestra «deuda» (culpa) y nos unimos agradecidos al que paga por nosotros. Aunque nuestra «expiación» mediante la penitencia es insignificante, sin embargo, es necesaria porque, manifestando la voluntad de reparar de algún modo, probamos que realmente estamos afligidos por los pecados cometidos y, sobre todo, hacemos ejercicio de virtud para contrarrestar el pecado. La penitencia, por lo tanto, debería ser en proporción de los pecados cometidos, pero en la práctica no es así, porque los que más han pecado, son los que generalmente están menos capacitados para entender y cumplir con una adecuada penitencia. «La penitencia que el confesor impone, -dice el Catecismo de la Iglesia Católica-, debe tener en cuenta la situación personal del penitente y buscar su bien espiritual. Debe corresponder todo lo posible a la gravedad y a la naturaleza de los pecados cometidos. Puede consistir en la oración, en ofrendas, en obras de misericordia, servicios al prójimo, privaciones voluntarias, sacrificios, y sobre todo, la aceptación paciente de la cruz que debemos llevar.» En caso de que uno se encuentre imposibilitado de cumplir con una penitencia, la podrá cambiar con otra de igual o superior valor. Las penitencias que se acostumbra dar son: ayuno, limosnas u otras obras de caridad, oración y otros ejercicios de vida espiritual, meditación y estudio de la palabra de Dios, etc. En algunos casos se exige la reparación de los daños causados a las personas. Por ejemplo: restituir lo robado, reparar los chismes y la difamación diciendo la verdad, etc.
NUESTRA RECONCILIACIÓN
Este sacramento se llama también: «Reconciliación», porque nos reconcilia con Dios y con la Iglesia.
Todo pecado es un acto que va en contra del Amor de Dios; por lo tanto, el primero con quien se rompe por el pecado es exactamente con Dios. El sacramento de la Penitencia nos permite, en la medida de nuestro arrepentimiento, llenarnos de la misericordia divina que es el Amor de Dios. Pero, además de reconciliarnos con Dios, este sacramento nos reconcilia con la Iglesia, a la que hemos herido con nuestros pecados. Nosotros, por el Bautismo, fuimos constituidos parte del Cuerpo Místico de Cristo, que es la Iglesia. Con nuestros pecados hemos sido miembros muertos de este Cuerpo Místico. Nuestros pecados han dañado profundamente la unión de la Iglesia con Dios. Además hemos causado escándalo, alejando a otros de la vida cristiana.
Al manifestar a la Iglesia nuestros pecados y nuestra pena por haberlos cometido, y al recibir el perdón de Dios mediante la misma Iglesia, nos reconciliamos con ella. La tesis de quien dice que se reconcilia directamente con Dios, pidiéndole perdón, no vale porque no tiene presente el daño que se ha hecho en contra de la comunidad eclesial.
No sin motivo, Dios concede el perdón por medio de la Iglesia en el sacramento de la Penitencia.
CÓMO SE ADMINISTRA EL SACRAMENTO
Estudiando la historia de la Iglesia, se ve cómo la manera de administrar este sacramento ha ido evolucionando.
Hoy el ritual de los sacramentos, fruto de la reforma postconciliar, ofrece tres formas de celebración de la Reconciliación.
1. Reconciliación de un solo penitente Después de la acogida del penitente por el sacerdote, el cual actúa en nombre de la Iglesia, se lee algún fragmento de la Palabra de Dios, ya que por ella «el cristiano es iluminado en el conocimiento de sus pecados, es llamado a la conversión y a la confianza en la misericordia de Dios». Sigue luego la confesión del penitente y el sacerdote impone la satisfacción «como ayuda para la vida nueva». Luego el penitente manifiesta su deseo de conversión, por ejemplo, diciendo el Padrenuestro, y el sacerdote otorga el perdón de parte de Dios con las palabras de la absolución, mientras extiende sus manos sobre la cabeza del penitente. Finalmente se proclama alguna plegaria de acción de gracias. Este rito supone, evidentemente, que estas celebraciones se realizan sin prisa, en algún lugar adecuado, dando a cada elemento su relieve. No se identifican con unas «confesiones realizadas rápida y formulariamente. Pero tampoco debe caerse en el ritualismo que no permita una amplia flexibilidad en todos los aspectos secundarios»(Ritual Español).
2. Reconciliación de varios penitentes, con confesión y absolución individual «Cuando se reúnen numerosos penitentes a la vez, para obtener la reconciliación sacramental, es conveniente que se preparen a la misma con la celebración de la Palabra de Dios. Pueden también participar en esta celebración fieles que en otro momento se acercaron al sacramento. Esta celebración común -continúa diciendo el Ritual- manifiesta más claramente la naturaleza eclesial de la penitencia. No se trata, por tanto, de una forma para resolver pastoralmente una acumulación de cristianos deseosos de celebrar la penitencia.
Es una forma en sí misma más expresiva del sacramento. Por ello, es conveniente que las diversas comunidades cristianas se reúnan en ciertas ocasiones para celebrar comunitariamente la penitencia, especialmente en los tiempos penitenciales, como la Cuaresma, antes de las grandes celebraciones.
El desarrollo de estas celebraciones consiste fundamentalmente en una primera parte dedicada a la liturgia de la Palabra y una segunda que incluye la liturgia del sacramento de la Penitencia. En la primera parte, después de la acogida de la asamblea, se lee una o varias lecturas de la Sagrada Escritura y el Presidente las comenta en la homilía. En la segunda parte, se expresa el deseo de conversión con algún texto u oración o bien con algún canto adecuado y, después de rezar unidos el Padrenuestro, los fieles se confiesan individualmente y reciben la absolución. Finalmente, de nuevo reunidos, dan gracias al Señor por su amor siempre renovado» (Ritual Español).
3. Reconciliación con confesión y absolución general «La normativa Penitencial ha evolucionado a través de la historia de la Iglesia y esta evolución es normal que prosiga. El ritual promulgado en 1974 establece para ciertas ocasiones una celebración comunitaria muy semejante a la anterior, pero en la cual la confesión no se expresa con su acusación individual de los pecados y la absolución es impartida colectivamente.
En este caso, después de la celebración de la Palabra, los asistentes que quieran participar de la absolución general manifiestan con algún signo su deseo, recitan alguna plegaria o entonan un canto apropiado y rezan juntos el Padrenuestro, después de lo cual el sacerdote celebrante pide la gracia del Espíritu Santo e imparte la absolución general.
Según la disciplina vigente, quienes hayan recibido esta absolución general, si fueron absueltos de pecado grave, deben confesarse individualmente antes de recibir otra absolución general, a no ser que una causa justa los excuse; y, en todo caso, deben confesar sus pecados graves, ya perdonados por la absolución general, antes de un año. Pero todo ello no disminuye el carácter sacramental de la celebración»(Ritual Español).
¿Cuándo se puede usar la «absolución general»? He aquí lo que enseña el Catecismo de la Iglesia Católica: «En caso de necesidad grave se puede recurrir a la celebración comunitaria de la reconciliación con confesión general y absolución general. Semejante necesidad grave puede presentarse cuando hay un peligro inminente de muerte sin que el sacerdote o los sacerdotes tengan tiempo suficiente para oír la confesión de cada penitente. La necesidad grave puede existir también cuando, teniendo en cuenta el número de penitentes, no hay bastantes confesores para oír debidamente las confesiones individuales en un tiempo razonable, de manera que los penitentes, sin culpa suya, se verían privados durante largo tiempo de la gracia sacramental o de la sagrada comunión. En este caso, los fieles deben tener, para la validez de la absolución, el propósito de confesar individualmente sus pecados en su debido tiempo. Al obispo diocesano corresponde juzgar si existen las condiciones requeridas para la absolución general. Una gran concurrencia de fieles con ocasión de grandes fiestas o de peregrinaciones no constituyen por su naturaleza ocasión de la referida necesidad grave» (Cat. IC 1483).
Casos Particulares: Es obligatorio recibir el sacramento de la Reconciliación: a) Por lo menos una vez al año; b) Antes de comulgar si uno tiene pecados graves; c) En peligro de muerte. No pueden recibir este sacramento los que viven en estado de amasiato, los que nutren odio contra alguna persona, los que cambiaron de religión yéndose con los hermanos separados, si antes no renuncian definitivamente a su extravío, y los que viven cometiendo constantemente injusticias si no cambian y reparan lo que han hecho.
Principales Conceptos 1. Cristo instituyó el sacramento de la Penitencia, dando a los apóstoles autoridad de perdonar los pecados: «Recibid el Espíritu Santo, a quienes ustedes perdonen, queden perdonados, y a quienes no libren de sus pecados, queden atados» (Jn 20, 22-23).
2. En los primeros tiempos de la Iglesia fue casi universal la tendencia de rigorismo en el perdonar los pecados cometidos después del Bautismo. Cuando alguien pecaba de apostasía, de homicidio o de adulterio, se le imponía una penitencia pública, al final de la cual se le daba la absolución de sus pecados. Esta absolución se podía recibir una sola vez en la vida.
3. Con el pasar del tiempo, fue imponiéndose una línea de más comprensión. Al mismo tiempo que se daba más oportunidad de recibir la absolución, aumentaba el deseo de manifestar más pecados para someterlos a la eficacia de la absolución. Esto llevó naturalmente a una confesión privada y secreta.
4. Tiene miedo de recibir el sacramento de la Reconciliación quien no conoce la misericordia de Dios, o quien no quiere romper con el pecado.
5. Contrariamente a la expectativa de la gente, Jesús perdonaba los pecados de algunos que recurrían a Él para obtener sólo la salud física. La más grave enfermedad del hombre es estar sumiso al pecado. Cristo vino a librarnos de esta esclavitud, y para que esta obra de misericordia continuara en favor de todos los hombres, dio el mismo poder a los apóstoles.
6. Para hacer una buena confesión se necesitan seis cosas: 1. examen de conciencia, 2. dolor de haber pecado, 3. propósito de no volver a pecar, 4. confesión, 5. absolución, 6. cumplimiento de la penitencia.
7. Este sacramento, además de reconciliarnos con Dios, nos reconcilia con la Iglesia, a la cual hemos ofendido con nuestros pecados, por haberla debilitado con nuestra mala conducta. Al manifestar a la Iglesia nuestros pecados y nuestra pena por haberlos cometido, y al recibir el perdón de Dios mediante la misma Iglesia, nos reconciliamos con ella.
8. El sacramento de la Reconciliación se puede administrar de tres modos: a) reconciliación de un solo penitente; b) reconciliación de varios penitentes, con confesión y absolución individual; c) reconciliación con confesión y absolución general. 9. Es obligatorio recibir el sacramento de la reconciliación: a) por lo menos una vez al año; b) antes de comulgar si uno tiene pecados graves; c) en peligro de muerte. Sólo los usuarios registrados pueden escribir comentarios. Por favor valídate o regístrate. Powered by AkoComment 2.0! |